11 puntos de los Derecho de las y los pacientes con Cáncer de Mama que debemos conocer en México

Diciembre es el mes en que se conmemora el Día de los Derechos Humanos, y por lo que la Asociación Mexicana de Lucha contra el Cáncer A.C. y la Fundación Salvati, A.C. como parte de su Campaña “Tu Momento de Luchar, nos comparten información de los acuerdos estipulados en la NOM-041-SAA2-2011.

Derecho de las y los pacientes con Cáncer de Mama
Derecho de las y los pacientes con Cáncer de Mama

Derecho de las y los pacientes con Cáncer de Mama, de acuerdo a la NOM-041-SSA2-2011 son:

  1. La/el paciente y familia tienen derecho a recibir información y orientación sobre (NOM/6.1):
    1. Factores de riesgo
    2. Procedimientos diagnósticos
    3. Opciones de tratamiento médico y psicológico
    4. Acompañamiento emocional.
  2. Toda persona con sospecha de patología mamaria maligna por exploración clínica o mastografía de tamizaje, tiene derecho a recibir una evaluación diagnóstica que incluye (NOM/8.1):
    1. Valoración clínica
    2. Estudios de imagen
    3. Biopsia
    4. Servicio especializado de patología.
  3. La/el paciente tiene derecho a recibir la notificación de su mastografía de forma clara en un intervalo no mayor a 21 días hábiles posteriores a la toma (NOM/14.4.3.9).
  4. Una vez detectada una lesión sospechosa de cáncer de la mama, la/el paciente tiene derecho a recibir atención oportuna y adecuada para el diagnóstico y tratamiento (NOM/5.3).
  5. La/el paciente tiene derecho a una cita en una unidad de especialidad en un intervalo menor a 2 semanas -10 días hábiles- una vez obtenida la interpretación de la mastografía (NOM/14.4.4.1).
  6. Para garantizar el derecho de la/el paciente a una segunda opinión, el equipo médico deberá entregar:
    1. Un resumen médico
    2. Material completo de patología e imagen
    3. En el caso de que el paciente lo solicite, en un lapso no mayor de 5 días hábiles (NOM/10.2.2).
  7. La/el paciente, con diagnóstico confirmado, tiene derecho a ser referido a un centro oncológico en un intervalo que no exceda los 10 días hábiles (NOM/14.4.6).
  8. La/el paciente tiene derecho a recibir la información sobre las opciones de tratamiento (NOM/10.2.3 y 10.2.5):
    1. cirugía
    2. radioterapia
    3. quimioterapia
    4. hormonoterapia
    5. biológicos .
  9. La/el paciente tiene derecho a que su tratamiento inicie en no más de 15 días hábiles, contados a partir de la decisión del tipo de tratamiento a proporcionar (NOM/14.4.7.1).
  10. La/el paciente con tratamiento del cáncer de mama tiene derecho a recibir una evaluación para determinar el tipo de rehabilitación que ameritan (NOM/10.4):
    1. fisioterapia
    2. uso de prótesis
    3. reconstrucción de la mama
    4. y/o tratamiento del linfedema.
  11. La/el paciente con cáncer de mama tiene derecho a recibir acompañamiento emocional desde el proceso de diagnóstico y durante el tratamiento médico (NOM/6.4.1).
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Imagen cortesía de Asociación Mexicana de Lucha contra el Cáncer | Fundación Salvati



Escrito por

Redacción, Plenilunia Sociedad Civil Fundada en el año de 2004, Plenilunia es una Sociedad Civil cuyo objetivo es fomentar el bienestar y la salud integral de la mujer.

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