diciembre 20, 2024

Pide Comisión Permanente establecer medidas para evitar el acoso y hostigamiento sexual

Ilustración de tres personas dándose la mano
Plenilunia Salud Mujer
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La Comisión Permanente se pronunció este 25 de agosto de 2014 por la adopción de medidas y protocolos en los tres órdenes de gobierno para prevenir, atender y sancionar los casos de acoso y hostigamiento sexual, acorde a lo dispuesto por los artículos 14 y 15 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Ilustración de tres personas dándose la mano

[/media-credit] Tres órdenes de gobierno deben prevenir, atender y sancionar acoso y hostigamiento sexual

Lo anterior, debido a la existencia del mandato legal para que las instituciones del Estado mexicano realicen medidas que prevengan ese tipo de acciones.

En el acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, los legisladores lamentaron y condenaron la existencia de cualquier tipo de violencia en contra de las mujeres, sobre todo en los casos que ocurren al interior de cualquier dependencia pública.

Se expone que en el artículo 14 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se puntualiza que las entidades federativas y el Distrito Federal considerarán el establecimiento de políticas públicas que garanticen el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en sus relaciones laborales y/o de docencia, y fortalecer el marco penal y civil para asegurar la sanción a quienes hostigan y acosan.

El artículo 15 dispone que para efectos del hostigamiento o el acoso sexual, los tres órdenes de gobierno deberán reivindicar la dignidad de las mujeres en todos los ámbitos de la vida; establecer mecanismos que favorezcan su erradicación en escuelas y centros laborales privados o públicos; crear procedimientos administrativos claros y precisos en las escuelas y los centros laborales, para sancionar estos ilícitos e inhibir su comisión.

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Además, deberán proporcionar atención psicológica y legal, especializada y gratuita a víctimas de hostigamiento o acoso sexual, así como implementar sanciones administrativas para los superiores jerárquicos del hostigador o acosador cuando sean omisos en recibir y/o dar curso a una queja.

La diputada Dora María Guadalupe Talamante Lamas, promovente del punto de acuerdo, lamentó la invisibilización de este delito, así como la ineficacia de los mecanismos para su denuncia, a pesar de los compromisos internacionales y mandatos constitucionales existentes.

Indicó que el 10 de julio en un Foro realizado en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en donde participó la Relatora de Naciones Unidas, Rashida Monjoo, sobre la Violencia contra las Mujeres, sus causas y consecuencias, dos mujeres denunciaron la violencia dentro de las dependencias: primero al interior del Consejo de la Judicatura Federal y la SCJN, y la segunda sobre acoso y hostigamiento sexual a las mujeres que laboran en la Policía Federal.

La relatora especial sobre la Violencia contra la Mujer de Naciones Unidas y la doctora Alda Facio, experta del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre la Discriminación contra la Mujer en la Legislación y en la Práctica, reiteraron la imperante responsabilidad del Estado Mexicano para sancionar de manera individual los delitos, y también para asegurar que las y los funcionarios actúen con la debida diligencia.

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