noviembre 23, 2024

Propone iniciativa para prevenir violencia en contra de personas con discapacidad

Iconos de personas y personas con discapacidad juntas
Plenilunia Salud Mujer
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Propone una iniciativa de reforma a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad para establecer medidas para prevenir y erradicar la violencia, maltrato y abuso hacia los individuos con discapacidad por acción y también por omisión.

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[/media-credit] De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo, cerca del 60% del total de las personas con discapacidad en edad para trabajar están desempleadas, y una de cada cinco, de las que son más pobres, tiene una discapacidad.

Con el propósito de establecer medidas para prevenir y erradicar la violencia, maltrato y abuso hacia los individuos con discapacidad, la diputada Tania Margarita Morgan Navarrete propone una iniciativa de reforma a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

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Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

Capítulo II

Atribuciones

Artículo 42

Para el cumplimiento de la presente Ley, el Consejo tendrá las siguientes atribuciones:

  1. Coordinar y elaborar el Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad;
  2. Enviar el Programa a las Cámaras del Congreso de la Unión para su conocimiento;
  3. Promover el goce y ejercicio pleno de los derechos de las personas con discapacidad, así como hacer de su conocimiento los canales institucionales para hacerlos exigibles ante la autoridad competente;
  4. Promover la accesibilidad en la infraestructura física de instalaciones públicas y los recursos técnicos, materiales y humanos necesarios para la atención segura y accesible de la población con discapacidad;
  5. Promover la elaboración, publicación y difusión de estudios, investigaciones, obras y materiales sobre el desarrollo e inclusión social, económico, político y cultural de las personas con discapacidad;
  6. Promover y fomentar la cultura de la dignidad y respeto de las personas con discapacidad, a
    través de programas y campañas de sensibilización y concientización;
  7. Solicitar información a las instituciones públicas, sociales y privadas que le permitan el cumplimiento de las atribuciones que le confiere la presente Ley;
  8. Promover la firma, ratificación y cumplimiento de instrumentos internacionales o regionales en materia de discapacidad;
  9. Difundir y dar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contraídas con gobiernos e instituciones de otros países así como con organismos internacionales relacionados con la discapacidad;
  10. Celebrar acuerdos de colaboración con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, para el desarrollo de proyectos que beneficien a las personas con discapacidad;
  11. Suscribir convenios con el sector gubernamental y los sectores productivos y empresariales, para que se otorguen descuentos, facilidades económicas o administrativas en la adquisición de bienes y servicios públicos o privados, a las personas con discapacidad o sus familias;
  12. Promover la armonización de Leyes y Reglamentos a nivel federal, estatal o municipal, respecto de las disposiciones establecidas en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad;
  13. Promover la creación y aplicación de Normas Oficiales Mexicanas en materia de discapacidad;
  14. Elaborar, presentar y difundir anualmente el informe de avances y resultados del Programa;
  15. Presentar un informe anual de actividades;
  16. Coadyuvar con la Secretaría de Relaciones Exteriores en la elaboración de los informes que el Estado Mexicano presentará ante los organismos internacionales, sobre la aplicación y cumplimiento de los instrumentos internacionales en materia de discapacidad, y
  17. Las demás que se establezcan en esta Ley, su Reglamento, Estatuto Orgánico del Consejo y demás disposiciones aplicables.
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Fuente: Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad [1]

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La propuesta de la diputada Tania Margarita Morgan Navarrete que modifica el artículo 42 de la citada ley, precisa que el Consejo Nacional para el Desarrollo y la inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis), en coordinación con los estados y el Distrito Federal, estará facultada podrá elaborar programas, proyectos y protocolos para la investigación y divulgación de los casos en que se incurra con violencia, maltrato, abuso, o de su sospecha, hacia estos seres humanos.

Asimismo, para establecer que las campañas que promueven y fomentan la cultura de dignidad y respeto hacia las personas con discapacidad, tengan como fin evitar todo tipo de agresión y abuso que atente contra su integridad, además de buscar su correcta inclusión social.

De igual forma, la Conadis se encargará de la elaboración y actualización de una base de datos nacional que facilite el registro de información de los resultados de las campañas, programas y proyectos referidos.

El documento explica que una de cada tres personas en el país considera que no se respetan los derechos de las y los mexicanos con discapacidad.

En México se observa que el 9% de la población entre 12 y 17 años no está dispuesta a permitir que personas con discapacidad vivan con ellos”.

Menciona que, según datos de la Encuesta Nacional sobre Discriminación 2010, de la Organización de las Naciones Unidas, en nuestra nación la tasa de participación económica en la población con discapacidad es solo de 25%, dejando claras las grandes barreras y fronteras, tanto arquitectónicas como sociales, a las que se enfrentan este sector.

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Por otro lado, de acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo, cerca del 60% del total de las personas con discapacidad en edad para trabajar están desempleadas, y una de cada cinco, de las que son más pobres, tiene una discapacidad.

Añade que, según el Censo de Población y Vivienda de 2010, en nuestro país habitan 5 millones 900 mil personas con discapacidad; de ellas, un millón 200 mil son niños o adolescentes de hasta 19 años, equivalente al 1.46% de la población, en contraste con las zonas rurales donde el 23% de la población tiene alguna discapacidad.

El documento subraya que “es importante resaltar que el maltrato no solo se realiza por acción sino también por omisión. La indiferencia hacia las personas con discapacidad es una forma de maltrato muy frecuente; ignorar y desatender las necesidades del niño con discapacidad, o al contrario, la sobreprotección, son también maneras de maltrato. Cuando a un niño con discapacidad, el padre o tutor hace todas las tareas por él, se siente agredido pues lo están incapacitando más de lo que su enfermedad ya lo hace”.

Sitios de interés

Referencias

  1. Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, Diario Oficial de la Federeación http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5191516&fecha=30/05/2011
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