diciembre 23, 2024

Necesario transformar la publicidad, debe promover equidad de género, fortalecer dignidad y respeto hacia las mujeres

mujer sosteniendo iconos de redes sociales
Plenilunia Salud Mujer
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La publicidad que reafirma estereotipos y roles de mujeres y hombres únicamente alienta a continuar con los mismos prejuicios sociales de inferioridad de la mujer ante el hombre, y que la mujer se encuentra condenada “por naturaleza” a llevar una vida al servicio del hombre y de la familia, lo cual debe erradicarse, aseguró la diputada Verónica Delgadillo García.

Erradicar publicidad sexista que denigra a la mujer, reafirma estereotipos y alienta “violencia invisible”.

[/media-credit] Erradicar publicidad sexista que denigra a la mujer, reafirma estereotipos y alienta “violencia invisible”.

A fin de erradicar la publicidad sexista que reafirma estereotipos y roles que denigran a la mujer y alienta una “violencia invisible”, la diputada Verónica Delgadillo García urgió al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) a vigilar que los comerciales no promuevan la desigualdad y se sancione aquella que fomente algún tipo de agresión de género.

Además, que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, presente una serie de recomendaciones a los medios de comunicación que transmiten este tipo de contenidos.

En su punto de acuerdo, la legisladora de Jalisco destacó que se requiere cambiar la forma en que se hace publicidad comercial e implementar distintas técnicas o estrategias de difusión, tanto medios de comunicación como aquellas empresas privadas que ofrecen productos o servicios.

Pese al marco jurídico y las instituciones para combatir todo tipo de violencia y discriminación, especialmente en contra de la mujer, continúan la difusión de este tipo de anuncios en perjuicio también de los hombres, ya que a través de la publicidad sexista se siguen perpetrando desigualdades.

Es necesario hacer valer el marco jurídico existente como:

  • la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión,
  • la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión,
  • la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
  • y la Ley Federal para Prevenir y eliminar la Discriminación
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Aseguró que existe indiferencia ante la promoción de este tipo de contenidos, debido a que se encuentran muy arraigados en la cultura colectiva y no se considera como un tipo de “violencia invisible”, incluso socialmente aceptada, ya que se ha convertido en una práctica considerada como normal para quienes elaboran ese tipo de publicidad y para las mismas víctimas.

Basta poner atención en la mayoría de la publicidad comercial que se difunde mediante la televisión, radio o impresos, para darnos cuenta de que prevalece una objetivación de la mujer, cosificándola y utilizando su cuerpo sólo para vender un producto ajeno a la propia estrategia publicitaria”, sostuvo.

Delgadillo García precisó que se necesita combatir todo tipo de violencia y discriminación, aplicando con rigor el artículo 223 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el cual señala que la programación que se difunda a través de radiodifusión o televisión y audio restringidos, en el marco de la libertad de expresión y recepción de ideas e información, deberá propiciar la igualdad entre mujeres y hombres.

En cuanto a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el artículo 41 establece la responsabilidad de la Federación para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia; el precepto 42 refiere la facultad de la Secretaría de Gobernación para sancionar a medios de comunicación que no contribuyan a erradicar todos los tipos de violencia y no fortalezcan la dignidad y el respeto hacia las mujeres.

Vigilar que los medios de comunicación no promuevan imágenes estereotipadas, y eliminen patrones de conducta generadores de violencia, mediante ese tipo de publicidad, donde se denigra la imagen de la mujer, reafirman estereotipos y roles que históricamente han sido adjudicados tanto a la mujer como al hombre.

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