Proponen prohibir a medios de comunicación en México contenidos violentos, dirigidos a niños y adolescentes

Este 11 de junio, 2014 se presentó una iniciativa para reformar el artículo 43 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de garantizar que la información que reciben los menores, de los medios masivos de comunicación, busque la formación de valores y a educar e informar sobre temas de interés, para procurar su autocuidado responsable.

Diva Hadamira Gastélum Bajo en un podium
Diva Hadamira Gastélum Bajo, senadora, presentó una iniciativa para garantizar que la información que obtienen niños y adolescentes de medios masivos de comunicación forme valores

 

Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

TÍTULO TERCERO
Capítulo Primero, Sobre los Medios de Comunicación Masiva

Artículo 43. Sin perjuicio de lo previsto en la normatividad aplicable a los medios de comunicación masiva, las autoridades federales, en el ámbito de sus competencias, procurarán verificar que éstos:

  1. Difundan información y materiales que sean de interés social y cultural para niñas, niños y adolescentes, de conformidad con los objetivos de educación que dispone el artículo 3o. de la Constitución y la Convención sobre los Derechos del Niño.
  2. Eviten la emisión de información contraria a los objetivos señalados y que sea perjudicial para su bienestar o contraria con los principios de paz, no discriminación y de respeto a todas las personas.
  3. Difundan información y materiales que contribuyan a orientarlos en el ejercicio de sus derechos, les ayude a un sano desarrollo y a protegerse a sí mismos de peligros que puedan afectar a su vida o su salud.
  4. Eviten la difusión o publicación de información en horarios de clasificación A, con contenidos perjudiciales para su formación, que promuevan la violencia o hagan apología del delito y la ausencia de valores.
  5. Además, las autoridades vigilarán que se clasifiquen los espectáculos públicos, las películas, los programas de radio y televisión, los vídeos, los impresos y cualquier otra forma de comunicación o información que sea perjudicial para su bienestar o que atente contra su dignidad.
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Fuente: Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/185.pdf consultado 11 de junio 2014

La senadora Diva Hadamira Gastélum Bajo al presentar la iniciativa ante el Pleno de la Comisión Permanente, apuntó que en México existe una falta de regulación de los contenidos publicitarios y la prohibición de mensajes que puedan confundir o informar incorrectamente a los niños, niñas y adolescentes.

Afirmó que los medios de comunicación son corresponsables –junto con las instituciones y padres de familia– de los mensajes dirigidos a los infantes. A través de contenidos y publicidad que pueden fomentar patrones de conducta lesivos, estereotipados y contrarios a la salud; tales como hábitos alimenticios, adicciones, violencia y sexualidad no responsable.

En la iniciativa se establece que las secretarías de Gobernación, Salud, Educación Pública, Procuraduría Federal del Consumidor, Instituto Mexicano de la Juventud, Instituto Nacional de las Mujeres y el Consejo Nacional para Prevenir y Erradicar la Discriminación deben revisar, y coordinarse con los concesionarios, para que la publicidad en horarios “A” sea adecuada para propiciar el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes.

Las autoridades federales, en coordinación con los estados y el Distrito Federal, deberán evitar y prohibir en tales horarios la difusión y publicación de información con contenidos perjudiciales, que promuevan la violencia o hagan apología del delito y la ausencia de valores. Al mismo tiempo, verificarán que los medios de comunicación informen y orienten sobre hábitos alimenticios adecuados, prevención de adicciones, discriminación, violencia, igualdad y sexualidad responsable.

La propuesta explica que la información y materiales de interés social y cultural para niños y adolescentes deberán ser congruentes con la Constitución, los tratados internacionales en la materia de los que México sea parte y la Convención sobre los Derechos del Niño.

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Esta iniciativa se turnó a la Comisión de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y a la Comisión de Estudios Legislativos.

Imagen cortesía de Senado de la República | México



Escrito por

Redacción, Plenilunia Sociedad Civil Fundada en el año de 2004, Plenilunia es una Sociedad Civil cuyo objetivo es fomentar el bienestar y la salud integral de la mujer.

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