La Comisión de Igualdad de Género, que preside la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, aprobó el pasado 7 de marzo de 2018 reformar el artículo 29 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para incluir en las órdenes de protección de emergencia la prohibición de intimidar o molestar a la víctima mediante medios electrónicos.
La propuesta señala que continúa la violencia en contra de las mujeres, ya sea dentro o fuera del hogar; por ello es necesario fortalecer las medidas de protección establecidas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.La orden de protección supone el amparo de las víctimas en caso de violencia de género, a través de un procedimiento sencillo y rápido.
Esta se obtiene a través de una resolución judicial, en la que el juez reconoce la existencia de una situación de riesgo para la víctima y ordena su protección, que da lugar al reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres.
Plascencia Pacheco precisó que esta reforma abarca los medios electrónicos y advierte al agresor que en caso de usarlos, sean redes sociales o teléfono, para tratar de intimidar, existiendo de por medio una orden de protección, conllevará consecuencias.