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Con este protocolo, los servidores públicos que intervienen en los procedimientos de procuración de órganos, deberán registrar en actas administrativas el origen y destino de cada órgano o tejido donado en el país, para que a su vez el Sistema Nacional de Trasplantes dé seguimiento puntual, así, tanto donadores como trasplantados tendrán la certeza de que su procedimiento se llevó a cabo con prácticas adecuadas.















