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La iniciativa enviada para su análisis a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos, Segunda, va de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 de la Constitución. Dicha modificación plantea la creación de un reglamento que obligue a la Secretaría de Salud integrar y operar unidades especializadas en lenguaje de señas, a más tardar en 180 días.















