noviembre 20, 2024

Propuesta para tipificar y sancionar conductas que mediante uso de TIC’s acosen, hostiguen o amenacen a mujeres

iconos de un menú en una pantalla al fondo una mujer desenfocada
Plenilunia Salud Mujer
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Con el propósito de perfeccionar los mecanismos orientados a salvaguarda de imágenes o datos personales que dañen su integridad, la diputada Martha Lucía Mícher Camarena, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, impulsa una iniciativa para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

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[/media-credit] Se ha documentado que diferentes tipos de violencia en contra de mujeres y niñas se ha empezado a ejercer a través del uso de las tecnologías de la información y la comunicación, como son los teléfonos celulares, el internet o redes sociales

La reforma plantea entre otros puntos tipificar y sancionar las conductas que, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación, acosen, hostiguen o amenacen a las mujeres, así como el uso o manipulación, sin su consentimiento, de imágenes, de información privada o datos personales, que causen daño a su integridad psicológica, dignidad, imagen, identidad o su seguridad.

Actualmente, comenta, se ha documentado que diferentes tipos de violencia en contra de mujeres y niñas se ha empezado a ejercer a través del uso de las tecnologías de la información y la comunicación, como son los teléfonos celulares, el internet o redes sociales.

Se observa que los principales actos de violencia que se detectan son el acoso y el hostigamiento, generalmente con connotación sexual, pero también con componentes de discriminación basada en estereotipos y roles de género, indica.

Por otra parte, se contempla armonizar la ley en materia de feminicidio, considerando que existen razones de género cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo, se le hayan infligido lesiones infamantes o degradantes o mutilaciones, previas o posteriores a la privación de la vida.

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Además, observar que existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral, escolar, institucional o comunitario o cualquier otro ámbito del sujeto activo en contra de la víctima y establecer como norma procedimental que toda muerte violenta de mujer deberá ser investigada como feminicidio, y en caso de que no se acredite, se investigará como homicidio.

Otro punto que se prevé atender en esta propuesta de ley es garantizar medidas de resguardo y prevención, pues en la actualidad se brinda protección a una mujer tan solo por 72 horas, lo cual la coloca en un mayor riesgo frente a la persona agresora, sobre todo al considerar que la víctima ya ha denunciado; por ello, es conveniente que se dé este apoyo mientras persista la
situación de riesgo.

La diputada explicó que también se propone que las autoridades policiales irrumpan en el domicilio cuando esté ocurriendo un evento de violencia contra mujeres.

Finalmente la propuesta establece los parámetros para la instalación y funcionamiento de los refugios, así como la obligación que tiene el Estado frente a estos espacios, ya que entidades federativas no cuentan con ellos debido a la falta de recursos para su operación.

Al respecto, señaló que los espacios asociados a la Red Nacional de Refugios operan con gran discreción, para resguardar la seguridad de las víctimas de violencia y del personal que las atiende. La ubicación y recursos humanos constituyen información que se tutela bajo estricta confidencialidad.

La propuesta, suscrita por las integrantes de la comisión, busca corregir las dificultades en la aplicación que presenta la ley vigente, la cual ha sido un instrumento parteaguas de gran relevancia para la concreción de políticas en materia de atención, prevención y erradicación de la violencia; sin embargo, luego de siete años de vigencia, ha tenido que ser revisada en sus
aciertos y deficiencias.

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Sostuvo que con las nuevas adecuaciones se pretende ampliar y armonizar principios rectores como la igualdad sustantiva, interés superior de la niñez, libre desarrollo de la personalidad, la no revictimización, reparación integral del daño y el principio pro persona, para atender de forma eficaz a las mujeres.

Indicó que con estas modificaciones también se incluyen términos como androcentrismo, misoginia, empoderamiento, relación afectiva o de hecho, parto humanizado, con la intención de generar estrategias de intervención sociológica, educativa y cultural basadas en valores de respeto e igualdad sustantiva y con ello disminuir relaciones asimétricas entre los géneros.

 

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