noviembre 19, 2024

Serie de mensajes en cajetillas de cigarros para el periodo del 24 de septiembre de 2014 al 23 de marzo de 2015

Imagen dividida en dos partes arroba de niño que sufre Síndrome de muerte súbita infantil y abajo adulto mayor con tanque de oxigeno que padece Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica
Plenilunia Salud Mujer
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La Secretaría de Salud de México informa a partir del 24 de septiembre del 2014 entrará en vigor una nueva serie de leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios e información que deberá figurar en todos los paquetes de productos del tabaco y en todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos que establece la Ley General para el Control del Tabaco, con el objetivo de advertir a los fumadores de los riesgos a la salud humana causados por el tabaquismo.

Imagen dividida en dos partes arroba de niño que sufre Síndrome de muerte súbita infantil y abajo adulto mayor con tanque de oxigeno que padece Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica

Todos los productos del tabaco que se fabriquen, produzcan, importen y
comercialicen en México deben incluir en su empaquetado y etiquetado
externo las leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios e
información.


De conformidad con el último “Acuerdo por el que se dan a conocer la serie de leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios e información que deberá figurar en todos los paquetes de productos del tabaco y en todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos”, publicado el pasado 18 de agosto en el Diario Oficial de la Federación, por la Secretaria de Salud, Mercedes Juan, esta ronda de pictogramas estará vigente hasta el 23 de marzo de 2015.

En esta ocasión son dos los pictogramas que la industria tabacalera debe imprimir en las etiquetas de las cajetillas de cigarros: uno es para alertar a los fumadores del riesgo de Síndrome de muerte súbita infantil y el otro advierte del riesgo de la Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC), ambos males provocados por el tabaquismo.

El acuerdo señala que todos los productos del tabaco que se fabriquen, produzcan, importen o comercialicen en México deben traer impresas estas imágenes en al menos el 30% de la parte frontal de la cajetilla o del empaque, en tanto que las advertencias sanitarias deben cubrir el 100% de la cara posterior y el 100% de un costado lateral.

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Se reiteran los mensajes de:

  1. “Este producto contiene NICOTINA. La nicotina es una sustancia altamente psicoadictiva”
  2. “Este producto puede contener AMONIACO. Sustancia tóxica que facilita la absorción de nicotina, manteniendo la adicción”.
  3. “Este producto puede contener PLOMO. Metal tóxico para el cerebro”.

La Secretaría de Salud advierte que las empresas productoras e importadoras de productos del tabaco quedan como únicas responsables de la aplicación en tiempo y forma de los pictogramas, por lo que deberán planificar su programa de impresión de conformidad con su producción semestral.

En caso de cualquier incumplimiento, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) aplicará las medidas de seguridad correspondientes.

La inclusión de pictogramas, en los paquetes de productos del tabaco y en todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos, es obligatoria desde el 24 de septiembre de 2010.

Imagen cortesía de Secretaría de Salud | México
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