diciembre 23, 2024

Convocan Alianza por la Salud Alimentaria a ministras y ministros de SCJN a escuchar evidencia de etiquetado frontal de alimentos y bebidas para seguir recomendaciones internacionales y defender el derecho a la salud e información

Plenilunia Salud Mujer
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En conferencia de prensa y en vísperas de la presentación del proyecto de sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en materia de Etiquetado de Alimentos y Bebidas, la organización Alianza por la Salud Alimentaria considera que éste no cumple con las especificaciones internacionales en materia de salud. Alejandro Calvillo, subrayó que «el propósito de no distinguir azúcares naturales de los azúcares añadidos es únicamente el ocultar al consumidor cuanta azúcar ha añadido la industria de alimentos y bebidas ultraprocesados«.




Los representantes en México de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud, la Organización de Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura y el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia han manifestado que el proyecto de sentencia presentado en la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el etiquetado frontal en alimentos y bebidas realiza afirmaciones “erróneas” sobre las recomendaciones de estos organismos.

El proyecto de sentencia elaborado por la Ministra Yasmín Esquivel Mossa defiende el actual etiquetado frontal de alimentos y bebidas señalando que responde a recomendaciones de la OMS y la FAO, así como del Codex, afirmando que estos organismos no hacen ninguna distinción entre los azúcares libres o añadidos a los productos y los son intrínsecos o naturales en frutas, verduras y lácteos, señalando que sus impactos en salud son similares y que el etiquetado establecido en México, conocido como GDA, es entendible y útil.

En respuesta a una solicitud realizada por la Alianza por la Salud Alimentaria para conocer las recomendaciones al respecto por parte de la OPS/OMS, FAO y UNICEF, los representantes en México de estos organismos de Naciones Unidas, señalaron: “Las recomendaciones de OPS/OMS, FAO y UNICEF procuran desincentivar el consumo de azúcares libres, pues no son necesarios para el consumo humano y, sobre todo, no se ha demostrado un riesgo por parte de los azúcares naturales o intrínsecos de productos naturales o sin procesar”.

Al respecto, desde 2014, la OPS/OMS dirigió cartas, que ahora son públicas, a la Secretaría de Salud y COFEPRIS señalando que no existe ninguna preocupación sobre los azúcares intrínsecos y naturales, que la preocupación se centra en el alto consumo de azúcares añadidos. “El propósito de no distinguir los azúcares naturales de los azúcares añadidos es únicamente el de ocultar al consumidor cuanta azúcar ha añadido la industria de alimentos y bebidas ultraprocesados, que es la que hay que limitar en su consumo” señaló Alejandro calvillo, director de El Poder del Consumidor, organización miembro de la Alianza Salud Alimentaria.

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Alejandro Calvillo, Director de El Poder del Consumidor, asociación que llevó el amparo contra el actual etiquetado frontal, declaró: “Hasta el momento tenemos dos sentencias de jueces y un primer proyecto de sentencia en la Suprema Corte, que concluyeron que el etiquetado que tenemos actualmente viola el derecho a la salud, el derecho a la información y el interés superior de la infancia. Desgraciadamente, los ministros de la Sala 2 votaron en contra del primer proyecto de sentencia. Este segundo proyecto de sentencia es el primer documento emanado del poder judicial en contra de nuestro amparo y a favor del actual etiquetado frontal en alimentos y bebidas, un etiquetado diseñado por la industria, nunca probado con la población mexicana, un etiquetado que organismos internacionales y nacionales han señalado que representa un riesgo a la salud al inducir un alto consumo de azúcar y ser incomprensible para la mayoría d los consumidores”.

[/media-credit] Alejandro Calvillo, Director de El Poder del Consumidor, asociación que llevó el amparo contra el actual etiquetado frontal, declaró: “Hasta el momento tenemos dos sentencias de jueces y un primer proyecto de sentencia en la Suprema Corte, que concluyeron que el etiquetado que tenemos actualmente viola el derecho a la salud, el derecho a la información y el interés superior de la infancia. Desgraciadamente, los ministros de la Sala 2 votaron en contra del primer proyecto de sentencia. Este segundo proyecto de sentencia es el primer documento emanado del poder judicial en contra de nuestro amparo y a favor del actual etiquetado frontal en alimentos y bebidas, un etiquetado diseñado por la industria, nunca probado con la población mexicana, un etiquetado que organismos internacionales y nacionales han señalado que representa un riesgo a la salud al inducir un alto consumo de azúcar y ser incomprensible para la mayoría d los consumidores”.

El proyecto de sentencia afirma también que la OMS respalda un valor de referencia de 18% de la energía total proveniente de los azúcares. Nuevamente, los organismos de Naciones Unidas señalan al respecto que este valor “no se enmarca en las recomendaciones de la OPS/OMS y de la FAO para combatir la obesidad y el sobrepeso, caries dentales y varios otros problemas de salud asociados, como la diabetes”. Añade la carta de estos organismos: “Este valor tiende a mal informar al consumidor, al hacerle creer que en su ingesta diaria el consumo recomendado de azúcares podría llegar hasta un 18%, lo cual representaría casi el doble de lo recomendado”.

La misiva de los organismos de Naciones Unidas señala otro aspecto central del proyecto de sentencia: la comprensión del etiquetado frontal existente. En sentido contrario al proyecto los organismos internacionales exponen la dificultad para los consumidores de comprender el etiquetado actual establecido en México y conocido como GDA, la dificultad que implica realizar una regla de tres para cada nutrimento, que los azúcares naturales vengan sumados a los añadidos impidiendo conocer la cantidad de azúcar que el fabricante añadió al producto, y que el criterio de azúcar rebasa por mucho lo recomendado, un etiquetado que no corresponde a una política que pretende permitir a los consumidores realizar elecciones más saludables.

Por su parte, el Instituto Nacional de Salud Pública ha hecho público un comunicado dirigido a los ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al respecto del proyecto de sentencia en el que expresa: “el Instituto diseñó un estudio cuyo objetivo fue evaluar la comprensión de este sistema en estudiantes de la licenciatura de nutrición…Los resultados muestran que, del total de estudiantes encuestados, sólo el 12.5% fue capaz de definirlo correctamente…el tiempo promedio que tardaron los estudiantes en contestar tres preguntas que evaluaban el contenido de energía, azúcares y el número de productos que podían consumir para cumplir con el máximo de azúcares recomendado en el etiquetado frontal GDA, fue de 3.34 minutos. Adicionalmente, la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición de Medio Camino 2016 (que incluyó un módulo de evaluación del SEFAB) también mostró que su uso y comprensión son muy bajos a escala nacional”.

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En relación con las referencias que realiza el proyecto de sentencia para justificar su defensa del etiquetado actual citando al Codex, señalamos que se basa en un documento de este organismo de hace diez años, cuando hay referencias a posicionamientos del CODEX en 2017 y 2018 en los que distingue los azúcares naturales de los agregados, sin tener aún ninguna recomendación al respecto, ni tampoco aún directrices para etiquetados frontales.

Sobre las referencias al CODEX en el proyecto de sentencia, los representantes en México de los organismos de Naciones Unidas señalan: “De hecho, el Codex Alimentarius recomienda que las normas de etiquetado frontal implementadas en el país deben estar acordes con la necesidad y realidad del mismo, independientemente de lo que esté planteado como directriz voluntaria por el Codex Alimentarius, anteponiendo siempre el interés de la salud pública ante los factores comerciales”.

Los organismos internacionales de Naciones Unidas (FAO, OPS/OMS y UNICEF); el Instituto Nacional de Salud Pública; el Comité de Expertos Académicos Nacionales del Etiquetado Frontal de Alimentos y Bebidas para una mejor Salud, formado por más de 30 de diversas instituciones, miembros de la Academia Nacional de Medicina, expertos del Sistema Nacional de Investigadores y 3 directores de institutos nacionales de salud; la Obesity World Federation, el World cáncer Research Found y un sinnúmero de organismos internacionales y nacionales han señalado que el etiquetado GDA no es entendible y tiene criterios de azúcar que representan un riesgo a la salud. Ningún organismo libre de conflicto de interés avalaría el proyecto de sentencia que sentaría un pésimo precedente nacional e internacional para la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Al respecto, el Dr. Abelardo Ávila, investigador del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición, recientemente reconocido con el Premio al Mérito Médico 2019, asesor de la Alianza por la salud Alimentaria, señaló: “El posicionamiento de la Ministra Ponente presenta notorias y graves deficiencias técnicas que de manera inexplicable se pretenden justificar argumentando que están avalados por los organismos internacionales competentes del sistema de las Naciones Unidas: la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Organización de las NacionesUnidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO). Resulta más que incongruente y absurdo este argumento ya que estos organismos, a través de numerosas resoluciones, documentos técnicos y pronunciamientos, han insistido reiteradamente en la argumentación contraria a la que plantea la Ministra Ponente recién integrada a la SCJN. A su vez, las principales instituciones académicas nacionales e internacionales como el Instituto Nacional de Salud Pública, el Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición, la Academia Nacional de Medicina, la Universidad Nacional Autónoma de México, han advertido el grave daño a la salud que ocasiona el elevado consumo de azúcar entre la población mexicana desde edades muy tempranas y el gran desconocimiento de la población acerca de los niveles adecuados de consumo de azúcares añadidos, de su consumo personal cotidiano, y el alto riesgo para la salud del consumo excesivo de azúcar añadida”.



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Por su parte, Ana Larrañaga, coordinadora de ContraPESO, red que forma parte de la Alianza por la salud Alimentaria, señaló: “Resultan preocupantes diferentes afirmaciones que no son respaldadas por la evidencia que ha proporcionado el Instituto Nacional de Salud Pública, la OPS/OMS y la propia FAO. Ha sido muy claro para estas instituciones que los azúcares añadidos no tienen el mismo efecto en la salud que los azúcares naturales, por ejemplo. También es falso que el actual etiquetado (GDA) esté basado en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y que puede ser bien comprendido por la población mexicana. Pedimos que realmente se respete la evidencia y que se ponga la salud, por encima el interés privado”.

Alejandro Calvillo, Director de El Poder del Consumidor, asociación que llevó el amparo contra el actual etiquetado frontal, declaró: “Hasta el momento tenemos 2 sentencias de jueces y un primer proyecto de sentencia en la , que concluyeron que el etiquetado que tenemos actualmente viola el derecho a la salud, el derecho a la información y el interés superior de la infancia. Desgraciadamente, los ministros de la Sala 2 votaron en contra del primer proyecto de sentencia. Este segundo proyecto de sentencia es el primer documento emanado del poder judicial en contra de nuestro amparo y a favor del actual etiquetado frontal en alimentos y bebidas, un etiquetado diseñado por la industria, nunca probado con la población mexicana, un etiquetado que organismos internacionales y nacionales han señalado que representa un riesgo a la salud al inducir un alto consumo de azúcar y ser incomprensible para la mayoría de los consumidores”[.]

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