diciembre 21, 2024

La hipoacusia o sordera desde el nacimiento

Escuchar es lo Máximo
Escuchar es lo Máximo

Una de las máximas universalmente aceptadas en los servicios de salud, es la de un enfoque preventivo, que cuando es posible, es la mejor forma de tener una población más saludable.




En los casos de enfermedades o padecimientos que escapan a la prevención por diversas razones tales como; la no existencia de una vacuna, la falta de información sobre hábitos saludables, o decidir no hacerle caso a dicha información, o nacer con alguna discapacidad o defecto; siempre la detección temprana y el tratamiento oportuno son esenciales para una cura o control satisfactorio.

El caso de la hipoacusia o sordera desde el nacimiento, es lo que nos ocupa en Escuchar es lo Máximo A.C., y para este problema, esta regla es absolutamente válida. Diferencia entre hipoacusia y sordera:

  • Hipoacusia: Es la pérdida auditiva de superficial a moderada en uno o ambos oídos; esta pérdida es menor de 70 decibelios. Las personas con hipoacusia habitualmente utilizan el canal auditivo y el lenguaje oral para comunicarse, pueden oír incluso el llanto de un bebé o el ladrido de un perro. Se benefician del uso de auxiliares auditivos.
  • Sordera: Es la pérdida de la audición que altera la capacidad para la recepción, discriminación, asociación y comprensión de los sonidos tanto del medio ambiente como de la lengua oral. La pérdida auditiva es mayor de 70 decibelios, lo que les permite oír sólo algunos ruidos fuertes del ambiente como los provocados por una motocicleta, una aspiradora, una sierra eléctrica o un avión.

En México anualmente, alrededor de 3 bebés por cada mil nacen con problemas de audición. Algunos tan severos que, literalmente, no escuchan y no escucharán nunca a menos que sean detectados y tratados con las soluciones que amerite su caso específico, desde auxiliares auditivos hasta un implante coclear, siempre acompañado de terapia de rehabilitación.

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Factores de riesgo para que un menor desarrolle pérdida auditiva son:

  • Infecciones vaginales.
  • Preeclampsia.
  • Sufrimiento agudo o bajo peso al nacer.
  • Hipopsia o el uso de medicamentos en las madres en el periodo prenatal.
  • Falta de oxígeno al nacer
  • Enfermedades como la rubeola

Las implicaciones de esto son enormes:

Un bebé que no oye, no puede aprender a comunicarse con sus semejantes, porque para aprender a hablar se necesita oír. Así mismo, no puede aprender a leer, ni a escribir y está en una seria desventaja ante la vida.

El tiempo es crucial:

La plasticidad cerebral para adquirir lenguaje oral, está en su nivel óptimo entre los 0 y los 5 años de edad. Después de eso, si no tuvo la intervención de manera oportuna, aun con un implante coclear, difícilmente alcanzará el nivel de lenguaje de una persona normoyente.

Por ello es necesario cuando un pequeño nace, o desarrolla en sus primeros años de vida algún defecto auditivo, ser detectado, evaluado y tratado inmediatamente.

La OMS estima que la mitad de los casos de hipoacusia son evitables y tratados; el tamiz auditivo es el paso inicial en el protocolo de la detección oportuna de hipoacusia. Mientras más temprano se realiza el diagnóstico y se inicia la atención médica e intervención psicopedagógica, mejores resultados pueden esperarse.

La buena noticia es que existe la prueba del tamiz auditivo neonatal, procedimiento sencillo y no invasivo, que a partir del 2007 se volvió un derecho para todos los niños y niñas que nacen en México, y debe aplicárseles de manera obligatoria y gratuita en los hospitales públicos desde las pocas horas de haber nacido y antes de los 3 meses de vida.

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Para esto la Norma Oficial Mexicana 034-SSA2-2013, que especifica que en toda unidad de salud que atienda partos o a recién nacidos, se debe realizar el tamiz auditivo neonatal antes de dar de alta al menor, o antes de los 7 días de nacido. Es decir, es una ley que debe cumplirse, y por lo cual es un derecho que hay que exigir.

En Escuchar es lo Máximo A.C. nos preocupan estas medidas y exhortamos a las autoridades a cumplir con su obligación de garantizar el derecho a la salud de los mexicanos, para lo cual ofrecemos nuestra cooperación para ayudar, como Sociedad Civil Organizada, a que la ley se cumpla[.]

Fuentes

  • Berruecos Villalobo, Pedro, Tamiz Auditivo Neonatal e Intervención Temprana, 2014
  • INER/OMS/Conadis
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