Previsión y derecho de cualquier persona con capacidad de ejercicio y en pleno uso de sus facultades mentales, respeto a la negativa de someterse a tratamientos y/o procedimientos médicos que pretendan prolongar de manera innecesaria la vida, son las bases del 1er Simposio en México sobre la Ley de Voluntad Anticipada, una decisión personal que por derecho en ciertas partes de México se puede ejercer de manera legal.
El Dr. Víctor Huggo Córdova Pluma y la Dra. Elvira Llaca García, encabezaron el pasado viernes 23 de octubre de 2015 la reunión de especialistas que busca en primera instancia difundir que en México existe una ley que respalda a la persona en etapa terminal y en ciertas condiciones en las que decida terminar de manera natural con su vida –ortotanasia – y difundir que la LVA no permite, bajo ninguna circunstancia, la realización de conductas que tengan como consecuencia el acortamiento intencional de la vida.“La LVA regula la suspensión del tratamiento médico, por lo que la vida continúa de forma natural, otorgando los cuidados paliativos pertinentes, las medidas ordinarias y tanatológicas; es diferente a la eutanasia, un procedimiento que sí es ilegal en nuestro país” argumenta el Dr. Víctor Huggo Córdova.
¿Qué es el documento de voluntad anticipada?
“El documento ayuda a pacientes en dolorosas situaciones que por alguna enfermedad terminal o accidente puedan lograr tener un final digno de la vida” Elvira Llaca, Especialista en Bioética.
La Voluntad Anticipada es un documento legal, donde una persona manifiesta de manera consciente la decisión sobre la forma que quiere ser tratada médicamente al llegar a una etapa de enfermedad terminal. La persona establece mediante este documento la negativa a someterse a medios, tratamientos y/o procedimientos médicos que pretendan prolongar de manera su vida, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona, cuando por razones médicas, fortuitas o de fuerza mayor, sea imposible mantener su vida de manera natural.
Este documento puede ser realizado desde que la persona es mayor de edad, con la opción de tener modificaciones e incluso anularse.
La Voluntad Anticipada no promueve la eutanasia ni debe ser relacionada o entendida como tal, debido a que este documento es aplicado solo en enfermedades terminales, aquel que presenta un diagnóstico de enfermedad avanzada, irreversible, incurable, progresiva y/o degenerativa.
La Voluntad Anticipada no permite que en ningún momento el personal de salud suministre medicamentos o tratamientos médicos, que provoquen de manera intencional el deceso del enfermo en etapa terminal.
El Distrito Federal y 11 estados en la República Mexicana ya cuentan con una ley de este tipo; Coahuila, Aguascalientes, Hidalgo, Chihuahua, San Luis Potosí, Guanajuato, Michoacán, Nayarit, Guerrero, Colima y Estado de México
“La cultura y concientización en México debe cambiar, y por ello el realizar foros como este para invitar a la población a ser previsor de su futuro es nuestro objetivo” Dr. Víctor Huggo Cordóva Pluma, Simposio Voluntad Anticipada.
Sitios de interés
- Instituto Nacional de la Defensa Médica (inadem) http://www.inadem.org.mx/