Para proteger, apoyar y promover la lactancia y las prácticas óptimas de alimentación de recién nacidos y así garantizar su salud, crecimiento y desarrollo integral.
Con el fin, garantizar la salud, crecimiento y desarrollo integral de los recién nacidos la senadora Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre propuso crear la Ley para la Protección, Apoyo y Promoción a la Lactancia Materna.
La iniciativa con proyecto de decreto con el propósito anterior, donde se establece que la protección, apoyo y promoción a la lactancia materna es corresponsabilidad de madres, padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad y que el Estado garantizará el cumplimiento de ese objetivo, en coadyuvancia con los sectores privado y social. La propuesta se turnó para estudio y dictamen a las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos
En su presentación argumentó que la lactancia materna es una práctica que debe regir la alimentación y nutrición del infante, considerando su elevado valor nutritivo e inmunológico, científicamente probado.
Está demostrado, señaló, que la lactancia es el alimento ideal para recién nacidos y los lactantes, pues aporta todos los nutrientes que necesitan para un desarrollo sano. Contiene anticuerpos que protegen de enfermedades como la diarrea y la neumonía, que son las 2 causas principales de mortandad en la niñez en todo el mundo.
También destacó que la lactancia beneficia a las madres al reducir el riesgo de cáncer de mama y de ovario en el futuro, ayuda a recuperar el peso anterior al embarazo y propicia una buena salud para la madre y el infante durante toda la vida.
La senadora Bañuelos De la Torre plantea en la legislación la creación de establecimientos de protección, apoyo y promoción a la lactancia materna, como son los Lactarios o Salas de Lactancia, en los cuales las madres pueden:
- amamantar
- extraer su leche y conservarla
En términos de la normatividad que al efecto se expida; y Bancos de Leche que funcionarán para recolectar, almacenar, conservar y suministrar la leche materna extraída o donada, en términos de la normatividad que al efecto se expida.
Indica que los centros de trabajo deberán establecer lactarios o salas de lactancia, guarderías, ya sea en su interior o cerca de ellos, en apoyo de las madres trabajadoras y, en caso de incumplir esos derechos, se aplicarán sanciones que van de las 50 a las cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente (UMA) a los patrones por impedir el ejercicio efectivo de los derechos de las trabajadoras.
En caso de reincidencia en 2 o más veces, advierte, se duplicará el monto de la multa y se podrán aplicar conjuntamente con cualquiera de las sanciones contempladas[.]