noviembre 23, 2024

Proponen llevar licencia de paternidad a rango constitucional

Plenilunia Salud Mujer
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La propuesta es para reformar el artículo 123 de la Constitución, a fin de que los hombres trabajadores puedan gozar de una licencia de paternidad obligatoria por quince días, con goce de sueldo, por el nacimiento de sus hijos o por la adopción de un infante. Esto como un mecanismo para fomentar una participación más activa de los hombres en el cuidado y educación de los hijos.

Se requiere de un mecanismo para fomentar una participación más activa de los hombres en el cuidado y educación de los hijos

[/media-credit] Se requiere de un mecanismo para fomentar una participación más activa de los hombres en el cuidado y educación de los hijos

El senador Benjamín Robles Montoya propuso elevar a rango constitucional la licencia de paternidad, como un mecanismo para fomentar una participación más activa de los hombres en el cuidado y educación de los hijos.

Dijo que tanto la maternidad como la paternidad son instituciones jurídicas fundamentales para el desarrollo integral de los menores, por lo que la legislación, los tratados internacionales y los criterios jurisprudenciales han evolucionado para generar condiciones de igualdad en las obligaciones y derechos de ambos padres.

El legislador Robles Montoya presentó una iniciativa para reformar el artículo 123 de la Constitución, a fin de que los hombres trabajadores puedan gozar de una licencia de paternidad obligatoria por quince días, con goce de sueldo, por el nacimiento de sus hijos o por la adopción de un infante.

Robles Montoya sugirió que en el caso de que la madre falleciera durante el parto o se encuentre incapacitada para el cuidado del menor, al trabajador se le debe conceder una licencia, con goce de sueldo, de 60 días posteriores al nacimiento.

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El senador por Oaxaca refirió que en México se incorporó esta figura a la Ley Federal del Trabajo y se establecieron 10 días de licencia para el padre trabajador. Agregó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Instituto Nacional de las Mujeres, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ya han otorgado este beneficio.

Con ello, enfatizó, se fortalece la igualdad y equidad de género, se contribuye a que exista una distribución equitativa de las tareas del hogar y se mejora la calidad de vida de padres e hijos.

Sin embargo, en la reforma no se contemplaron los supuestos en caso de que la madre pierda la vida durante el parto, por lo que no basta con incorporar a rango constitucional las licencias de paternidad, sino que es necesario ampliar su margen.

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