Conoce los lineamientos de la Jornada Nacional de Sana Distancia en el IMSS

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Conoce los nuevos lineamientos de la Jornada Nacional de Sana Distancia en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que estarán vigentes a partir del 23 de marzo del 2020y hasta que se emita una nueva disposición al respecto. Las acciones, además de salvaguardar la salud y seguridad de los trabajadores, permiten dar continuidad a las actividades y mantener el funcionamiento del Instituto.

Médico sosteniendo soporte de hojas con una lista para llenar
[/media-credit] Las acciones, además de salvaguardar la salud y seguridad de los trabajadores, permiten dar continuidad a las actividades y mantener el funcionamiento del Instituto.

El director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, y el secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS), Arturo Olivares Cerda, firmaron un acuerdo para implementar medidas que permitan salvaguardar la salud y seguridad de sus trabajadores, al tiempo de dar continuidad a las actividades y mantener el funcionamiento del Seguro Social.

Derivado de la contingencia por el COVID-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud y la puesta en marcha de la Jornada Nacional de Sana Distancia por parte de la Secretaría de Salud, las máximas autoridades del IMSS y del Sindicato establecieron una serie de lineamientos como medidas preventivas y de responsabilidad, que comenzarán a operar a partir del 23 de marzo de 2020.

Los trabajadores con mayor riesgo de complicaciones en caso de infección por COVID-19 podrán desempeñar sus funciones desde su domicilio, esto es:

  • Personal de 65 años o más
  • Mujeres embarazadas o en etapa de lactancia
  • Aquellos con padecimientos crónico degenerativos:
    • enfermedades cardiovasculares descompensadas
    • de tipo pulmonar
    • en riñón e hígado
    • diabetes mellitus descontrolada
  • Personas que viven con VIH, que tengan inmunosupresión
  • Obesidad mórbida (su Índice de Masa Corporal es igual o mayor a 40)
  • Padecimientos que médicamente se justifiquen
  • Quienes presenten enfermedades respiratorias que hayan sido observadas en su jornada laboral y/o en su domicilio.

El acuerdo observa que se deberán tomar las medidas necesarias a fin de asegurar la continuidad de los procesos sustantivos institucionales para la contratación de las categorías indispensables de operación, al privilegiar los requerimientos relacionados con:

  • servicios médicos
  • de limpieza e higiene
  • sector técnico de guardia

También, en las áreas que se encargan del

  • Pago de nómina
  • Gestión de recursos presupuestales para pago de tiempo extraordinario y guardias festivas
  • Recaudación, pensiones y servicios
  • Atención de requerimientos de autoridades fiscalizadoras, administrativas y judiciales
  • Adquisición y dotación de insumos para proteger al personal médico, de enfermería y de apoyo con atención directa al paciente, así como de material antibacterial y jabón en unidades médicas y no médicas.

Para cumplir con lo anterior, la representación sindical e institucional a nivel central y en los estados, acordarán el establecimiento de guardias y cualquier otra medida que asegure la continuidad de los servicios mencionados.

Se priorizará la plantilla, insumos, equipamiento, tiempo extraordinario y demás medidas para fortalecer la operación en los hospitales de referencia y de reconversión establecidos por el Instituto.

El servicio de guarderías se mantendrá para personal de la salud que realiza funciones esenciales y se reforzará el filtro de entrada con un médica/o general. Se procurará que las trabajadoras y trabajadores con hijos menores de 12 años de edad en etapa escolar y/o que tengan alguna discapacidad, realicen sus actividades en casa.

Se suspende la capacitación presencial para personal activo y de nuevo ingreso; sólo será considerada la capacitación en línea que proporcione conocimientos teóricos y prácticos necesarios para comprender la epidemia y evitar su propagación y contagio. Para ello, se facilitarán los medios necesarios para la capacitación con el uso de medios electrónicos para la comunicación de educación en salud.

Las reuniones de trabajo serán:

  • De 20 personas como máximo
  • En áreas ventiladas
  • Se debe garantizar un espacio de un metro de distancia entre cada personal

En caso de utilizar elevadores, estos deberán de ocuparse a la mitad de su capacidad máxima, para mantener una sana distancia entre los usuarios.

Los prestadores de servicio social, a excepción de los que laboran en áreas de atención hospitalaria, realizarán sus actividades en su domicilio particular[.]