En la sesión de este 18 de diciembre de 2018, la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas propuso reformar la fracción I, inciso B, del artículo 2o-A, del capítulo I, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para que este gravamen se calcule aplicando la tasa de 0% en la enajenación de productos de higiene femenina.
En su presentación explico el denominado impuesto rosa, es decir el gasto extra que hacen las mujeres al adquirir la versión femenina de ciertos productos.
Informó al Pleno que «este fenómeno puede ser otra manera de discriminación de género, no olvidemos que en el mundo las mujeres no sólo ganan menos que los hombres por el mismo trabajo, sino que también deben pagar más por las mismas cosas. El impuesto rosa comienza desde que se nace, los padres de una niña tendrán que pagar más por su ropa y juguetes que los padres de un niño. Las versiones femeninas de productos de cuidado personal calzado y de juguetes cuestan en promedio 7% más que las versiones masculinas«.
Expuso que acuerdo con un estudio realizado por el Departamento de Asuntos del Consumidor de Nueva York, el aspecto donde más puede notarse el impuesto rosa es en los productos del cuidado personal y accesorios. En su caso, encontró que un 13% más caros para las mujeres dada su función algunos productos de higiene básica, pastillas para controlar cólicos de control hormonal entre otros son exclusivos para las mujeres y no tienen un equivalente masculino.
Es una realidad que en México muchas mujeres y adolescentes tienen que improvisar para cubrir sus necesidades relacionadas con su género tomando en cuenta la situación económica de las mujeres así como sus necesidades médicas y de higiene personal.
La iniciativa gira en 2 sentidos:
- La introducción de productos de higiene femenina a la tasa cero de la ley del impuesto al valor agregado.
- La solicitud al estado mexicano mediante la Secretaría de Salud de poner a disposición y de manera gratuita en centros de salud dichos productos para la población femenina más desprotegida.
También realizó un llamado respetuoso a empresas tanto mexicanas como extranjeras al abandono inmediato de la práctica del llamado «impuesto rosa«, ya que afecta de manera significativa a las mujeres y vulnera lo establecido en la constitución y marco jurídico mexicanos.
La iniciativa plantea cambios a la fracción VI del artículo 262 del capítulo VIII, título XII, de la Ley General de Salud, para que también sean considerados, como productos higiénicos, los destinados para la higiene sexual de las mujeres. Se envió a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y a la de Salud[.]