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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) ya están obligados a atender urgencias obstétricas, sin importar si la paciente embarazada está o no afiliada a alguna de estas instituciones; así lo señalan las reformas a las leyes General de Salud, del IMSS y del ISSSTE, aprobadas por el Senado de la República y publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en noviembre de 2015.















