El Senado de la República aprobó un proyecto para garantizar el acceso y disfrute a la seguridad social a los cónyuges del mismo sexo, de quienes se encuentran aseguradas o asegurados en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Con ello, se menciona en el dictamen, se busca cumplir con los principios de igualdad y no discriminación previstos en la Constitución, así como superar y evitar cualquier interpretación y aplicación discrecional que se aleje del contenido y esencia de las instituciones de seguridad social.La propuesta, que se aprobó con 65 votos a favor, reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social y del ISSSTE, define al cónyuge como los integrantes de matrimonios heterosexuales y a los del mismo sexo.
Entre otros puntos, establece que a la viuda del asegurado o asegurada se le otorgará una pensión equivalente al cuarenta por ciento de la que hubiese correspondido a aquél, tratándose de incapacidad permanente total.
De acuerdo con las reformas, tendrá derecho a la pensión de viudez la que fue esposa del asegurado o pensionado o de la asegurada o pensionada por invalidez.
Al presentar el dictamen, el senador Fernando Mayans Canabal, aclaró que en el caso del IMSS también se aseguran las prestaciones relativas a los seguros de riesgo, de trabajo, de enfermedad, maternidad, invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como la ayuda asistencial.
Respecto al ISSSTE, agregó, se garantiza a los cónyuges del mismo sexo las prestaciones del seguro de salud, atención médica, curativa, maternidad y rehabilitación física y mental, así como el seguro de riesgo de trabajo.