diciembre 21, 2024

Se propone en Cámara de Diputados deducir 100% de gastos médicos, hospitalarios y funerarios a causa de una pandemia

Plenilunia Salud Mujer
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El diputado José Francisco Esquitin Alonso planteó establecer que cuando exista una enfermedad grave, pandemia o emergencia, declarada así por el Consejo de Salubridad General, el monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes sea del 100% sobre los gastos médicos, hospitalarios y funerarios relacionados.

Injusto, que solo se permita a los contribuyentes deducir hasta el 15%. Se propuso una adición al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

A través de una iniciativa que adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, expone que durante los picos de la pandemia el acceso de un paciente a la atención médica por COVID-19, ha sido muy difícil en el sector público; y en el privado los costos han resultado inaccesibles para la mayoría de los mexicanos.

Antecedentes

La saturación en clínicas públicas obligó a muchas personas a llevar a sus pacientes a hospitales privados; son numerosos los testimonios de cómo tuvieron que vender casa, auto o acudir a préstamos para poder cubrir los gastos hospitalarios”, argumenta.

De acuerdo con la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, sólo el 1.54% de las y los mexicanos que se han contagiado de COVID-19 contaban con un seguro de gastos médicos. El resto de la población que se ha visto afectada por el coronavirus y que no cuenta con un seguro, ha enfrentado una situación más compleja.

Injusto, que solo se permita a los contribuyentes deducir hasta el 15%

En la iniciativa se destaca que millones de mexicanos, debido a los montos máximos que establece el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para deducciones de gastos médicos, hospitalarios y funerarios, no podrán deducir los enormes gastos que han realizado para cubrir los pagos por servicios médicos y hospitalarios de un familiar o, en casos más penosos, los gastos funerarios.

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Resulta injusto que, ante una pandemia como la que actualmente sufre la humanidad, solo se permita a los contribuyentes deducir hasta el 15% del total de los ingresos por gastos médicos, hospitalarios y funerarios”, añade.

Gastos en pruebas, hospitalización, funerarios y erogaciones extraordinarias

En el documento, enviado a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, expone que los gastos comienzan con la prueba de detección de coronavirus, la opción económica cuesta en promedio 1,200 pesos mexicanos y pueden llegar hasta los 4 mil MXN.

Además, el costo de hospitalización por COVID-19 es de decenas de miles de pesos en un hospital privado austero, sin que se haya requerido intubación del paciente. En un nosocomio de nivel medio, se eleva a cientos de miles de pesos, mientras que en un hospital privado de nivel alto, podría rondar el millón de pesos.

Relata que si el paciente solo requirió de servicios médicos ambulatorios estos podrían tener un costo entre 3 mil y 15 mil pesos. Pero si requirió ser intubado, el costo se eleva considerablemente, si se toma en cuenta que debe estar hospitalizado entre tres y cuatro semanas en promedio.

Aunado a ello, expone que la demanda por tanques de oxígeno y la recarga de estos, elevó su costo; un tanque de oxígeno de 680 litros tiene un precio de 4,500 pesos mexicanos y su renta mensual es de mil pesos.

Conclusión 

Por ello, afirma, es injusto que la Ley del Impuesto sobre la Renta limite la deducción de gastos médicos, hospitalarios y funerarios a los contribuyentes que debieron realizar erogaciones extraordinarias para salvar la vida propia o de algún familiar, como consecuencia de la pandemia[.]

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