En la sesión del pasado 30 de noviembre de 2017, con 75 votos a favor y cero en contra se aprobaron modificaciones a la Ley General de Salud para garantizar el funcionamiento de un sistema estandarizado basado en la excelencia de la higiene de manos en los hospitales. Reforma los artículos 27 y 133; y se adiciona un párrafo a la fracción II del artículo 27 y una fracción XIV al artículo 134 de la Ley General de Salud.
Las medidas estandarizadas de higiene son indispensables para realizar cualquier actividad en la atención médica, a fin de reducir el riesgo de Infecciones asociadas a la atención de la salud, y así reducir la morbilidad, mortalidad y sus repercusiones económicas de este tipo de padecimientos totalmente prevenibles y considerados como un problema de salud pública.
La medida será implementada en todos los nosocomios mediante un programa multimodal estandarizado y evaluado dirigido a todo el personal del Sector Salud, que incluya practicas e indicadores y será implementado por el Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades y evaluado por el Sistema Nacional de Vigilancia.