Nueva Norma Oficial Mexicana limita el uso de plomo para reducir riesgos a la salud

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Teniendo como meta proteger la salud de la población infantil y las comunidades que trabajan la cerámica y loza vidriada, la nueva norma publicada hoy en el Diario Oficial de la Federación para limitar el uso de los compuestos de plomo en todos los productos nacionales y de importación.

 

 

Baleros mexicanos
[/media-credit]El plomo puede afectar a casi todos los órganos y sistemas del organismo, causando varios efectos no deseados, como son: perturbación de la biosíntesis de hemoglobina y anemia; incremento de la presión sanguínea; daño a los riñones; aborto espontáneo; perturbación del sistema nervioso; daño al cerebro; distintos tipos de cáncer; disminución de la fertilidad.

La Secretaría de Salud a través de la COFEPRIS informa que se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Norma Oficial Mexicana (NOM) 004 relacionada con la salud ambiental y que establece limitaciones y especificaciones sanitarias para el uso de los productos que contengan plomo, ya sea como compuesto sin transformación química y/o en el proceso, sean nacionales y/o de importación, con el fin de prevenir efectos nocivos para la salud, en particular de la población vulnerable.

Es importante destacar los expuesto en el cuarto punto, que se refiere a las especificaciones sanitarias en donde se menciona que se deberá evitar el uso de compuestos de plomo como ingrediente o materia prima en la fabricación de:

  • Plaguicidas
  • Plomería que lleva agua potable, excepto soldadura
  • Pinturas, esmaltes, recubrimientos y tintas
  • Alfarería vidriada, cerámica vidriada y porcelana, que sirvan para contener y procesar alimentos y/o bebidas, juguetes, lápices, plumas, colores para dibujar, plastilinas y demás artículos escolares
  • Productos cosméticos, excepto aquellos cuya composición de plomo esté controlada en las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes, y
  • Muebles, pinturas, emulsiones y esmaltes para exteriores e interiores de inmuebles habitacionales, oficinas, escuelas, hospitales y guarderías.

La NOM pretende proteger la salud de la población infantil y de las comunidades que trabajan la cerámica y la loza vidriada, así como generar ahorros por concepto de gastos médicos relacionados con impactos a la salud derivados de la exposición al plomo.

La NOM es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para las personas físicas y morales que fabriquen productos que contengan plomo o que sean importados, y sustituye a la normatividad que se publicó en el Diario Oficial de la Federación en agosto en el 2004, para el uso y comercialización monóxido de plomo (litargirio), óxido rojo de plomo (minio) y del carbonato básico de plomo (albayalde),

Los riesgos a la salud por exposición al plomo pueden ser:

  • Problemas en el neuro desarrollo de los niños
  • Alteraciones en el sistema renal y hematopoyético
  • Alternaciones en peso y talla de los recién nacidos

Referencias

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