Teniendo como meta proteger la salud de la población infantil y las comunidades que trabajan la cerámica y loza vidriada, la nueva norma publicada hoy en el Diario Oficial de la Federación para limitar el uso de los compuestos de plomo en todos los productos nacionales y de importación.
La Secretaría de Salud a través de la COFEPRIS informa que se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Norma Oficial Mexicana (NOM) 004 relacionada con la salud ambiental y que establece limitaciones y especificaciones sanitarias para el uso de los productos que contengan plomo, ya sea como compuesto sin transformación química y/o en el proceso, sean nacionales y/o de importación, con el fin de prevenir efectos nocivos para la salud, en particular de la población vulnerable.
Es importante destacar los expuesto en el cuarto punto, que se refiere a las especificaciones sanitarias en donde se menciona que se deberá evitar el uso de compuestos de plomo como ingrediente o materia prima en la fabricación de:
- Plaguicidas
- Plomería que lleva agua potable, excepto soldadura
- Pinturas, esmaltes, recubrimientos y tintas
- Alfarería vidriada, cerámica vidriada y porcelana, que sirvan para contener y procesar alimentos y/o bebidas, juguetes, lápices, plumas, colores para dibujar, plastilinas y demás artículos escolares
- Productos cosméticos, excepto aquellos cuya composición de plomo esté controlada en las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes, y
- Muebles, pinturas, emulsiones y esmaltes para exteriores e interiores de inmuebles habitacionales, oficinas, escuelas, hospitales y guarderías.
La NOM pretende proteger la salud de la población infantil y de las comunidades que trabajan la cerámica y la loza vidriada, así como generar ahorros por concepto de gastos médicos relacionados con impactos a la salud derivados de la exposición al plomo.
La NOM es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para las personas físicas y morales que fabriquen productos que contengan plomo o que sean importados, y sustituye a la normatividad que se publicó en el Diario Oficial de la Federación en agosto en el 2004, para el uso y comercialización monóxido de plomo (litargirio), óxido rojo de plomo (minio) y del carbonato básico de plomo (albayalde),
Los riesgos a la salud por exposición al plomo pueden ser:
- Problemas en el neuro desarrollo de los niños
- Alteraciones en el sistema renal y hematopoyético
- Alternaciones en peso y talla de los recién nacidos
Referencias
- NORMA Oficial Mexicana NOM-004-SSA1-2013, Salud ambiental. Limitaciones y especificaciones sanitarias para el uso de los compuestos de plomo. Diario Oficial de la Federación http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5343154&fecha=02/05/2014