Se deben fortalecer y difundir derechos que apoyan e incentivan la lactancia materna en México

En México ninguna norma establece la lactancia materna como alimento principal hasta los 2 años, de hecho, se considera como un alimento complementario y no como el primordial, por lo que el marco jurídico del país no está en sintonía con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), señala una investigación de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado de la República.

Se ha comprobado que la lactancia tiene una relación directa a la salud del niño, incluyendo un IQ más alto para aquellos que fueron amamantadosEn la investigación “Los derechos de la lactancia materna en México”, se analiza la legislación vigente, y si ésta es o no suficiente para propiciar la lactancia materna como exclusiva hasta los 6 meses, y si el alimento sólido debe ser un complemento para la lactancia materna por 2 años o más.

Asimismo, refiere que en el Congreso de la Unión, en la LXIII Legislatura, se han presentado 8 iniciativas relativas al fomento y protección de la maternidad y lactancia materna, aunque todas se encuentran pendientes de dictamen en las comisiones respectivas.

investigación “Los derechos de la lactancia materna en México”
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4 de ellas presentadas en el Senado de la República y 4 en la Cámara de Diputados, y todas se relacionan con los derechos de las madres para practicar la lactancia con un mayor apoyo y protección. Entre otras cosas, proponen establecer la obligación de instituciones de salud de informar a las madres sobre la lactancia materna, fomentarla y prepararla; así como los efectos negativos de no amamantar.

También se plantea precisar elementos relativos a los lactarios en los centros de trabajo, como que sea una obligación de los patrones contar con este tipo de lugares y que tendrían un año, a partir de la entrada en vigor de la ley, para poder realizar adecuaciones pertinentes para estos espacios.

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Las iniciativas proponen que las madres gocen de una estabilidad reforzada en su empleo, mediante la aplicación de sanción de 1 a 3 años de prisión, o de 150 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad y multa de hasta 200 días, a quien niegue o restrinja derechos laborales por la lactancia.

Así como fortalecer los derechos de las madres trabajadoras en periodo de lactancia, respecto de los reposos para alimentar a sus hijos en salas de lactancia, y reducir su jornada una hora, con notificación al patrón.

Cabe resaltar que en el Senado de la República se encuentran 2 proyectos presentados por senadoras, que proponen ampliar la licencia por maternidad posterior al parto y ampliar los derechos de la lactancia de las madres trabajadoras.

La investigación del IBD también refiere que en la LXII Legislatura se presentaron iniciativas respecto de la creación de una Ley General para el Fomento y Apoyo a la Lactancia Materna; sin embargo, una de ellas fue desechada porque lo propuesto ya se encuentra estipulado en otras legislaciones e implicaría presupuesto que no está disponible.

En cuanto a convenios internacionales en la materia, México forma parte en 3, que establecen algunos elementos relacionados con la protección de la maternidad y la lactancia; también hay siete recomendaciones, declaraciones y códigos, expedidos por organismos internacionales -como la Organización Internacional del Trabajo, la Organización Mundial de la Salud y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia– en los que México está adherido.

Actualmente, a escala internacional se toman como directrices, en cuanto a la lactancia materna, al Convenio sobre la protección de la maternidad (C183) y la Recomendación sobre la protección de la maternidad (R191), ambos aprobados en el año 2000.

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El Convenio 183 establece: la prestación pecuniaria durante la licencia de maternidad debe ser equivalente, al menos, a dos tercios de las ganancias obtenidas anteriormente por la madre, y prolongarse como mínimo durante 14 semanas.

No obstante que México no ha ratificado este Convenio, como integrante de la Organización Internacional del Trabajo debe tratar de cumplir las recomendaciones que se emiten en la misma. Por su parte, la Recomendación 191 anima a los Estados miembros a extender la licencia hasta por 18 semanas al menos.

La investigación del IBD, refiere que en México la práctica de la lactancia materna ha disminuido en los últimos años, por diversas causas entre las que predomina el no tener “leche suficiente”, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012.

En México, el porcentaje de bebés alimentados exclusivamente con leche materna disminuye conforme la edad del bebé es mayor, y en 2012 se registró una caída importante; mientras en el primer mes de vida, en 2006, 43 por ciento de los bebés eran alimentados con leche materna exclusiva, en 2012, ese porcentaje disminuyó a 22%.

Del mismo modo, a partir del 6 mes disminuye la lactancia materna exclusiva para combinarse con otro tipo de lactancia. En 2012, a los 6 meses de edad, sólo 3% de los bebés se alimentaba exclusivamente con leche materna, mientras que 61% lo hacía con cualquier tipo de lactancia.

Referencias

  1. Mtra. Carla Angélica Gómez Mcfarland; Los derechos de la lactancia materna en México; Instituto Belisario Domínguez, Cuaderno de Investigación, Cuaderno no. 24 agosto de 2016; Disponile en el URL http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/123456789/1952/CI-24.pdf; Consultado el 25 de marzo de 2018
Imágenes cortesía de Senado de la República | Instituto Belisario Domínguez y chelovector



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Redacción, Plenilunia Sociedad Civil Fundada en el año de 2004, Plenilunia es una Sociedad Civil cuyo objetivo es fomentar el bienestar y la salud integral de la mujer.

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