La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) de la Secretaría de Salud externó esta tarde su beneplácito por la decisión del pleno de la Cámara de Diputados de aprobar una adición a la Ley General de Salud que eleva las penas y las multas a quien las venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte, para fines comerciales muestras médicas.
La comercialización de muestras médicas está prohibida por la legislación sanitaria y es una de las principales preocupaciones de la autoridad, ya que en los operativos de vigilancia en el mercado ilegal se ha detectado que en promedio al menos el 16% de las 332 toneladas decomisadas a la fecha corresponden a muestras médicas.COFEPRIS reconoce la voluntad política y la decisión de los legisladores federales de aumentar las penas de cárcel a quienes vendan muestras médicas, ya que esta medida podría desalentar su distribución y comercialización en el mercado informal, afirmó el Comisionado Federal, Mikel Arriola.
La adición de una fracción IV al artículo 464 Ter de la Ley General de Salud fue aprobada este 17 de febrero de 2015 por los diputados y establece penas de uno a nueve años de prisión y multas de 20 mil a 50 mil salarios mínimos a quien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte, para fines comerciales muestras médicas.
Esta reforma ya había sido avalada por los senadores, por lo que se turnó al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.