diciembre 24, 2024

Reforma para que mexicanas que adopten cuenten con seis semanas de descanso

Diputados de la Comisión de Trabajo y Previsión Social sentados en una mesa de trabajo
Plenilunia Salud Mujer
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La Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados aprobó reformar la Ley Federal de los Trabajadores del Estado en su artículo 28, a fin de que las mujeres que adopten a un infante, disfruten de un descanso de dos meses con goce de sueldo, posteriores al día en que lo reciban.

Diputados de la Comisión de Trabajo y Previsión Social sentados en una mesa de trabajo

[/media-credit] Comisión avaló que mujeres gocen de dos meses de descanso cuando adopten un infante

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Ley Federal de los Trabajadores del Estado

Capitulo III

Artículo 28

Las mujeres disfrutarán de un mes de descanso antes de la fecha que aproximadamente se fije para el parto, y de otros dos después del mismo. Durante la lactancia tendrán derecho a decidir entre contar con dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, o bien, un descanso extraordinario por día, de una hora para amamantar a sus hijos o para realizar la extracción manual de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la institución o dependencia y tendrán acceso a la capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento, incentivando a que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de edad. [1]
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La diputada Delgadillo González explicó que el objetivo es armonizar las leyes, y que las mexicanas que adopten cuenten con seis semanas de descanso, como las que conciben familia de manera biológica. “Vemos que muchas mujeres hoy en día están adoptando y deben contar con los mismos derechos”.

Por su parte, la diputada Minerva Castillo Rodríguez expresó que adoptar conlleva a una serie de derechos similares a los gozados por las madres biológicas; sin embargo, agregó, la legislación aún es limitada al respecto.

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Manifestó que existe un vacío en el establecimiento de un permiso de maternidad por adopción que permita a las madres trabajadoras convivir con su hijo o hija.

De igual forma, puntualizó que si bien las mujeres que adoptan no requieren un periodo de recuperación física, como las madres biológicas, no deben existir distinciones entre ambos tipos de maternidad, puesto que ambas asumen iguales responsabilidades y derechos.

El objetivo es proteger y fortalecer el núcleo familiar, además de lograr igualdad y equidad entre las trabajadoras del Estado que vivan una etapa de maternidad, independientemente de que sea biológica o por adopción”, sostuvo.

Referencias

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