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La propuesta en la Comisión Permanente busca adicionar el artículo 469 Ter, de la Ley General de Salud de México, para establecer que comete el delito de administración hospitalaria fraudulenta quien prescriba procedimientos, estudios o medicamentos innecesarios; incluya cargos por servicios no solicitados, realizados o suministrados, y cobre medicamentos o equipos a un precio superior a los del mercado, así como quien condicione el ingreso de equipos o instrumentos al pago de comisiones por recepción, inventario o resguardo.