Con estos certificados las personas con discapacidad se propone que podrán deducir los pagos efectuados por la compra o alquiler de aparatos para su establecimiento o rehabilitación, derivados de las incapacidades a que se refiere la Ley Federal del Trabajo en su artículo 477, o a la que se refiere la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, artículo 2, fracción XXI.
La Tercera Comisión de la Permanente aprobó el pasado 19 de enero de 2016 con punto de acuerdo para exhortar al ejecutivo Federal expedir, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), una Resolución de Carácter General, para efectos de que se autorice la expedición de certificados gratuitos o constancia de incapacidad correspondiente, expedida por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
El exhorto precisa que, con ello, los contribuyentes podrán hacer efectivas las deducciones a que se refiere la Ley del Impuesto sobre la Renta en su artículo 151, fracción I, como son los pagos por honorarios médicos y dentales, o de enfermería, además de gastos hospitalarios.